Coordinación de Sistemas de Información Geográfica. Indicadores y Estadística
Actualizado al 03 de enero de 2020
Puestos [Artículo 59 del Reglamento del IMIP]
- M.C. Juan Carlos Ramírez Acevedo , Jefe de Departamento
- Arq. María Teresa Gallegos Quintero, Técnico Analista.
- L.I. Ana Laura Armenta Cano, Técnico Analista.
Objeto [Artículo 57 del Reglamento del IMIP]
I. La integración y análisis de información económica, social. cultural y del medio físico natural y transformado e institucional del Municipio de Ensenada, de manera estadística y geográfica para la administración de sus regiones, 23 delegaciones y el centro de población de Ensenada.
II. Contar con lo información base necesaria en la elaboración de planes, programas y proyectos de desarrollo municipal, regional, urbano, rural y costero, y poder dar una respuesta ágil y oportuna a las necesidades y problemas de las comunidades que integran el municipio.
Atribuciones [Artículo 58 del Reglamento del IMIP]
I. Elaborar la cartografío que se requiero para el Plan Municipal de Desarrollo, el Plan Estratégico Municipal, los planes sectoriales de desarrollo, el Plan o Programa Municipal de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, el Programa de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano de la Zona Metropolitana, los planes o programas de desarrollo urbano de centro de población, los programas municipales sectoriales para el ordenamiento territorial y desarrollo urbano, los programas parciales para desarrollo urbano de los centros de población, los atlas municipales de riesgo, los programas de ordenamiento ecológico local y aquellos que por necesidad del Municipio se demanden;
II. Generar información y estadísticas socioeconómicas y demográficas necesarias en la planeación urbana y territorial para el desarrollo municipal;
III. Coadyuvar en la administración y mantenimiento actualizado el sistema de gestión del calostro de predios, redes y servicios en coordinación con las dependencias y organismos operadores que correspondan:
IV. Administrar y mantener operativa la Estación Cooperativa de fa Red Geodésica Nacional Activa del INEGI-IMIE;
V. Analizar, en observancia a la función del Observatorio Urbano, la evolución de los fenómenos socioespaciales, en la escala, ámbito, sector o fenómeno que corresponda según sus objetivos, las políticas públicas en fa materia. la difusión sistemática y periódica, a través de indicadores y sistemas de información geográfica de sus resultados e impactos;
VI. Fungir de enlace con el Sistema de Información Territorial de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano;
VII. Mantener adecuada coordinación con las unidades administrativas y técnicas adscritas a la Dirección para coadyuvar en su correcto desempeño;
VIII. Las demás que le otorguen fas disposiciones aplicables o las relativas a su ámbito de competencia que resulten necesarias para el buen desempeño de su función.