Consejo del IMIP
El reglamento del IMIP define al consejo como el órgano superior de gobierno del IMIP, según el Artículo 2 del Reglamento del IMIP.
y especifica en sus Articulos 13 y 14, las facultades y obligaciones del mismo.
La integración de comités y Comisiones dentro del consejo fungen como apoyo en el análisis y revisión de los programas, proyectos, presupuestos, balances, cuentas y demás asuntos administrativos que se presenten al consejo.
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